La Semana Santa retrasa
ligeramente el arranque de la campaña de la declaración de la renta de este
año. Si el ejercicio anterior comenzó el 1 de abril, este lo hará el martes 7 de abril. Desde esa
fecha se podrá solicitar los borradores, algo que se realiza cada vez más al
arranque buscando la devolución más rápida en el caso de declaración negativa.
Desde la implantación del borrador, la tramitación de la declaración de la
renta se ha simplificado y las devoluciones son más rápidas, pero para ello
debemos antes solicitar toda la
información necesaria para comprobar todos los datos antes de lanzarnos al
vacío y confirmar un borrador. Y todo ello, es clave en estos meses.
El borrador no es válido para todos.
En primer lugar, existe un grupo importante de
contribuyentes los cuales no reciben el borrador, especialmente los que
perciben rentas de actividades económicas. En la actualidad, el borrador solo
es accesible para los contribuyentes cuyas rentas procedan exclusivamente de rendimientos del trabajo, rendimientos del
capital mobiliario sujetos a retención o a ingreso a cuenta, así como los
derivados de letras del Tesoro, la imputación
de rentas inmobiliarias siempre que procedan, como máximo, de dos inmuebles y
ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta, así como las
subvenciones para la adquisición de vivienda
habitual.
En caso de otros ingresos
le queda la opción de solicitar los
datos fiscales. Mucho cuidado, aunque Hacienda se los proporciona y usarlos
es la mejor vía de evitarse problemas, la Agencia Tributaria no se responsabiliza de que estén todos los
datos. Puede darse el caso de que haya percibido rendimientos de
actividades económicas con retención y que la empresa no lo haya comunicado, en
caso de discrepancia incluya toda la información, y guarde todo soporte tanto
facturas como el pago de la misma en caso de una posterior revisión. Por ello, si no ha recibido los certificados de
ingresos y retenciones, solicítelos ya.
Simular la declaración
Aunque por sus ingresos no esté obligado a presentar
declaración, pida y simule la
declaración. Aun quedan semanas, esté atento. Este año la declaración no
trae muchos cambios, pero con la reforma fiscal, sí la que haremos el próximo
año. En el caso de que no
tenga obligación, pero si por retenciones de rendimientos en cuentas corrientes
o similares especialmente por adquisición de vivienda tiene derecho a devolución,
preséntela para recuperar unos impuestos que usted ha pagado por anticipado sin
tener obligación.
Por todo ello, pida y compruebe toda la información y en
caso de cualquier duda asesórese con un experto. Si quiere presentar su
declaración pronto, empiece ya a recabar todos los datos necesarios.
Fuente: Antonio
Gallardo Cinco Dias
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